Registro de animales

¿QUÉ ES EL REGISTRO DE ANIMALES?

Los propietarios de animales (perros u otras especies) potencialmente peligrosos, en el plazo de tres meses desde su nacimiento o un mes desde su adquisición, están obligados a acudir al Ayuntamiento para inscribirlos en el Registro municipal de animales potencialmente peligrosos.

¿QUÉ ANIMALES SE CONSIDERAN PELIGROSOS?

  • Los que han tenido un episodio de agresión a personas o perros de forma clara.
  • Los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
  • Los pertenecientes a las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, Doberman, Dogo argentino, Dogo de Burdeos, Fila brasileño, Mastín napolitano, Pit Bull Terrier, de Presa canario, Rottweiler, Staffordshire Bull Terrier, Tosa Inu, Akita Inu, American Staffordshire Terrier, Dogo del Tibet, Presa Mallorquín.

¿QUÉ DEBO ESPECIFICAR EN EL REGISTRO?

Además de los datos del propietario y la ausencia de antecedentes penales, se deberá concretar el lugar de estancia del animal y la descripción del mismo (especie y raza), así como su destino (convivencia con seres humanos o finalidades de guarda, protección u otra cualquiera).

Ordenanza Animales