
Tradicionalmente, se podía enterrar en sepultura o en nicho. Actualmente, las sepulturas ya no están en venta, quedando sólo la opción del enterramiento en nicho. Sólo los titulares vigentes de una sepultura, siempre que renueven el pago, podrán optar a este tipo de enterramiento.
La renovación del pago deberá hacerse cada 10 años, el Ayuntamiento notificará la expiración y posibilidad de renovación del mismo. En caso de no renovarse, el interesado perderá la titularidad de la sepultura o del nicho.